¿Qué es el usufructo?
El usufructo (del latín: usus fructus, «uso del fruto») es un derecho real de goce o disfrute de una cosa ajena. El Código Civil de España lo recoge en su artículo 467 como «el derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa» .
Por consiguiente, la persona titular del uso es puro tenedor respecto de la cosa pero no su dueño ni poseedor. Tiene la mera tenencia sobre la cosa, pero no la propiedad. Puede utilizarla y disfrutarla, en otras palabras, conseguir sus beneficios o incrementos, sean en especie o dinerarios, sin embargo, no puede disponer libremente de ella por no ostentar el derecho de propiedad sobre aquella. Es la razón de que no pueda enajenarla ni disminuir su valor sin el consentimiento del titular de la propiedad. Puede afirmarse que el usufructo se presenta como una desmembración temporal del dominio. Mientras cualquier titular del usufructo tiene derecho a obtener las utilidades de la cosa, la propietaria conserva tan solo su derecho de disposición sobre ella, no obstante, sin poder gozar de lo suyo. Esta debilitación de las facultades ordinarias que acompañan al derecho de propiedad propiciaron que la doctrina calificara de desnuda o nuda propiedad la posición jurídica de quien ostenta la propiedad de un bien usufructuado.
Tipos de Usufructo
Usufructo legal
Establecidos por disposición legal. En nuestro derecho solo existe el ususfructo legal del consorte viudo, es el que permite que el esposo ó esposa superviviente disfrute de los bienes del difunto, no obstante, su propiedad pertenezca a otros afortunados.
Usufructo voluntario
La fuente principal de la norma del uso es el título constitutivo por acuerdo de los interesados. Este título constitutivo podrá ser:
Mortis causa: Mediante testamento. Por ejemplo, el testador podrá encomendar el uso de su residencia a un hijo y la nuda finca a un nieto.
Inter-vivos: Mediante convenio de los interesados en vida. Por ejemplo, una persona compra una propiedad y reserva el goce a su padre.
Usufructo por usucapión
La usucapión o fórmula adquisitiva es una manera de obtener la finca de un bien, si se cumplen unos menesteres y plazos legales.
Tipos según su objeto
Puede ser:
Usufructo de Derechos.
Usufructo de Bienes materiales (inmuebles ó muebles).
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